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Retorno a clases y justificación hogareña para progenitor

12 de febrero , 2021 - 11:57:am

ACTUALIZACIÓN

MINISTRO DE EDUCACIÓN NACIONAL HABLÓ PASADO EL MEDIO DÍA

PAÍS/ ESCUELAS

VUELTA A CLASES: GOBIERNO NACIONAL HABLÓ DE RETORNO A LA «PRESENCIALIDAD CUIDADA»

Presentada por LIBRERÍA SANTA CECILIA Uriburu ente 11 y Rawson Ciudad de Pocito

El ministro de Educación de la Nación, Nicolás Trotta subrayó el mensaje de Retorno a la Presencialidad Cuidada, en el marco de conferencia de prensa desarrollada en Olivos durante el Consejo Federal de Educación.Nación garantiza cuestiones mínimas comunes y amplió la mirada a particularidades de las jurisdicciones. Trotta marcó el contexto de pandemia y sumó el de Injusticia Social a superar con la Educación.En este sentido surgió el tema de reclamo jurisdiccional,» a nivel salario docente, las paritarias comienzan el Jueves próximo. Siempre mantendremos el diálogo, que no implica acuerdo»Garantizó en agenda de consenso el Incentivo docente, salario inicial y sostenimiento de fondo compensador.Trotta subrayó en conferencia desde Olivos el retorno a la presencialidad cuidada, informó sobre un acompañamiento permanente de Nación a las Jurisdicciones, informó sobre envíos de fondos a las escuelas que ascienden a los 2300 millones de pesos.Trotta puntualizó una «grafía» del relevamiento de necesidades por las 22 jurisdicciones que visitó, a saber:1_ Necesidad de acceso al agua2_Mejoras edilicias3_Insumos para la limpieza(Orden 1,2,3 corresponde a ítems generado por redacción DR, ajenos a significado de prioridades emitido por fuente)La presencialidad cuidada cuyo significado comienza a transitar en la esfera pública, es el nuevo modelo en el que transitará la vida educativa/ Apuntes periodísticos DR. Foto captura TN

Ferretería Juan Gonzalez «40 años al servicio de Pocito » En Aberastain y Buenos Aires La rinconada, presenta la siguiente información.

MADRE DE RINCONADA QUE LLEVA A SUS HIJOS A LA ESCUELA /ARCHIVO DIARIO DEL REY

AMPLÍE EN EL SIGUIENTE VÍNCULO BOLETÍN OFICIAL

En el boletín oficial la resolución 60/21 señala la vuelta a clases presenciales durante 2021, las decisiones jurisdiccionales, las pautas comunes a nivel nacional y cierta flexibilidad hacia los progenitores (trabajadores) quienes tendrían cierta justificación hogareña que radica en el cuidado hacia los menores que no asisten determinados días.

EXTRAEMOS LOS PÁRRAFOS SOBRESALIENTES DE LA 60/2021 Amplíe en vínculo ofrecido de Boletín Oficial

Que es inminente el inicio del ciclo lectivo 2021 con la posibilidad del dictado de clases presenciales de manera parcial, en las zonas geográficas en las que rijan las medidas de distanciamiento, social, preventivo y obligatorio y según las circunstancias y demás factores lo permitan.

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Que sin embargo, en función de las distintas situaciones epidemiológicas y de las decisiones que al respecto tomen las autoridades de las distintas jurisdicciones, la modalidad de retorno a la presencialidad se dispondrá de diversas maneras, en lo que hace a regímenes horarios y las diversas variantes de presencialidad y educación a distancia.

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Que sin dejar de tener en cuenta dichas diferencias, se hace necesario establecer pautas comunes para atender tanto al retorno de la escolaridad presencial que podría efectuarse en algunas jurisdicciones en forma parcial, cuanto a las tareas de cuidado en el hogar, así como a la previsibilidad en la dinámica de las relaciones laborales.

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ARTÍCULO 3º: Dispónese que, a partir del inicio del ciclo lectivo 2021 en cada jurisdicción, se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente, en las siguientes situaciones:

· Los días en que no concurran a clases presenciales en el establecimiento educativo respectivo.

· Los días que concurran con jornada presencial reducida y no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo correspondiente.

La persona alcanzada por esta justificación deberá notificar tal circunstancia a su empleador o empleadora. Para permitir el adecuado control, deberá completar una declaración jurada que deberá contener:

1. Los datos del niño, niña o adolescente

2. Grado o año que cursa y datos del establecimiento educativo al que concurre.

3. El régimen de presencialidad que se haya dispuesto en esa institución.

4. La declaración de que su presencia en el hogar resulta indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente, los días en que no concurran a clases presenciales o no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo.

Podrá acogerse a esta justificación solo un progenitor o persona responsable de los cuidados, por hogar”.