LOS GEMELOS AUTOSERVICIO ALERTA

Temor por multas: «Comercio no deja ingresar mayores de 60»

15 de mayo , 2020 - 11:23:am

Lejos de toda estigmatización conciente, el problema del no ingreso de adultos mayores a comercio se circunscribiría al tema » temor por multas», la problemática ingresó al seno del Concejo Deliberante de Pocito de la mano de la concejal Belén Barboza que » señaló una mala interpretación de lo que dice el protocolo». Barboza señaló «que comparte cada una de las “recomendaciones” que expresa el “Protocolo” del 11 de Mayo y es claro cuando habla «de recomendación y no de prohibición a mayores de 60 años» «El protocolo versión 11 de mayo de 2020 constituye un conjunto de recomendaciones sociales e individuales del que no deriva aplicación de sanción contravencional «

En el proyecto la concejal argumenta entre otras líneas que el envejecimiento es el fluir de la vida, no el fin de la misma, que los estereotipos están muy aceptados y vigentes . La edil apela a dejar de pensar que » ser mayor significa enfermedad, dependencia, depresión o pasividad » Nadie ni mucho menos un protocolo puede definir el limite cronológico en cuanto a ganas, sueños, etc. Sin embargo , no «recomienda» la no presencia en los establecimientos mercantiles de personas mayores de 60 años, sean éstos propietarios o co propietarios de los mismos; a diferencia del Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Judicial de la Nación nº: 459/2020 respecto a los trabajadores mayores de 60 años.

TEXTUAL PROYECTO

En medio de la pandemia varios episodios pusieron la mira de los medios argentinos en los adultos mayores. Todos fuimos testigos de la aglomeración en los bancos en plena cuarentena pero resulta que unos días después no los dejan salir, pasando por alto la dignidad, los derechos humanos y el impacto psicológico dicha medida,

El envejecimiento es el fluir de la vida, no el fin de la misma, más allá que el presidente los considere un “gasto para el estado”. Lo único que estamos enseñando a los niños es que ser mayor es sinónimo de desigualdad, de discriminación, donde lo mas importante parece que es ser o parecer joven. Los estereotipos vinculados a la edad siguen estando muy aceptados y son muy peligrosos a la vez en la vida de estas personas porque determinan comportamientos sociales e institucionales en detrimento de los mismos.

Dejemos de pensar que ser mayor significa enfermedad, dependencia, depresión o pasividad , cuando el 80 por ciento de los adultos mayores manifiesta ser felices. Nadie ni mucho menos un protocolo puede definir el limite cronológico en cuanto a ganas, sueños, expectativas y esperanzas de seguir disfrutando del premio mas grande que nos dio Dios que es la vida. Los adultos no son solo los viejos, somos todos nosotros algún día de nuestra vida, por lo tanto tratemoslos con el respeto que se merecen , ni mas ni menos como nos gustaría que nos traten a nosotros cuando tengamos el privilegio de llegar a ser mayores.

Que el «Protocolo y Reglamentación Provincial Covid 19, versión 11 de mayo del 2020» aprobado por el Resolución del Ministerio de Salud Pública de la Provincia n°: 1.632/2020, es un conjunto de «recomendaciones» dictado en el marco de la Emergencia Pública declarada como consecuencia del COVID-19, y del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Gobierno Nacional, en acuerdo y adhesión total por parte del Gobierno de la Provincia de San Juan. Que el «Protocolo» tiene por objeto establecer en un documento único el conjunto de disposiciones que permitirán un proceso paulatino de reactivación de actividades productivas, económicas, culturales y sociales, siempre bajo el estricto cumplimiento de los Protocolos de Salud dispuestos por el Comité Provincial COVID-19.

Que en los alcances del «Protocolo» se manifiesta que las disposiciones allí establecidas son de “cumplimiento obligatorio” para toda persona humana o jurídica, radicada definitiva o temporariamente o que desempeña actividades en el territorio de la Provincia de San Juan; y que por ello apela a la máxima responsabilidad social y ciudadana para el cumplimiento del mismo. Que ésta Concejal comparte cada una de las “recomendaciones” que expresa el “Protocolo”; pues cualquiera sea el lugar y las actividades que desempeñe en el Departamento de Pocito, tenemos todos un rol trascendental para enfrentar esta pandemia, simplemente cumpliendo y haciendo cumplir las normas básicas de distanciamiento social, higiene personal y uso elementos de protección personal, como el cubre boca.

Que sin embargo el «Protocolo» en general, y para «Comercios y Servicios» en particular, no «recomienda» la no presencia en los establecimientos mercantiles de personas mayores de 60 años, sean éstos propietarios o co propietarios de los mismos; a diferencia del Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Judicial de la Nación nº: 459/2020 respecto a los trabajadores mayores de 60 años.

A su vez, en cuanto a las «recomendaciones» para personas mayores de 60 años, el «Protocolo» sugiere que «en la medida de lo posible deleguen en terceros de confianza la realización de los mandados».

Que si bien el «Protocolo» expresa que el incumplimiento de las medidas previstas en el presente protocolo derivará en la aplicación de sanciones en virtud de las normas legales vigentes, lo cierto es que el mismo no es una norma jurídica entendida como mandato, regla o prescripción emanada de una autoridad legal o judicial, cuya inobservancia puede suponer una sanción.

Que en este orden, solo la Legislatura Provincial puede dictar normas cuya inobservancia constituyan figuras jurídicas tipificadas por el Código de Faltas Provincial, como en materia de coronavirus legisló para el caso del no uso de los tapabocas en lugar públicos o privados (cfr. Modificación Ley 941-R, art. 162, Decreto Acuerdo 007/2020 y Decreto del Poder Ejecutivo Provincial n°: 560/2020) Que la interpretación equívoca de la naturaleza jurídica de una Resolución ministerial, por parte de los Órganos encargados de la aplicación del “Protocolo”, está provocando en el colectivo conformado por las personas mayores de 60 años, un impacto preocupante. En efecto, se toma erróneamente a los mayores adultos como una masa uniforme, a pesar que muchos de ellos están acostumbrados a llevar una vida independiente, lo que abre un interrogante sobre las consecuencias de la aplicación quivocada de una resolucióntodas luces compulsiva. De este modo se trata a los mayores adultos como si fueran niños incapaces de tomar decisiones por sí mismo, agravado por el temor que les genera la amenaza de sufrir una sanción legal por parte del Protocolo que no es Ley de la Provincia.

Así un equívoco no esta provocando daños psicológicos, lo hace sin sustento legal .

La concejal pide que se sancione con fuerza de ordenanza de comunicación que el protocolo versión 11 de mayo de 2020 constituye un conjunto de recomendaciones sociales e individuales del que no deriva aplicación de sanción contravencional alguna, salvo en lo pertinente al decreto 560/2020 referido al uso obligatorio del cubre-boca, para personas y establecimientos comerciales, en los casos de propietarios mayores de 60 años que atienden sus emprendimientos, o el caso de eventuales clientes que concurren a los mismos a efectuar compras.

EL ARTICULO 2

Informa a la opinión pública que las personas de mayores de 16 años y menores de 18 años o bien los mayores de 60 años que concurran a un establecimiento comercial en los términos del punto 2.3.6 del Protocolo no pueden ser objetos , ni ellos ni los comercios en que se encuentren, de sanciones algunas, pues las conductas previstasen el protocolo solo constituyen en un conjunto de recomendaciones cuyo incumplimiento solo puede ser sancionado por una ley dictada por la Legislatura Provincial y no por una Resolución de un Ministerio, pues es quel único órgano que en definitiva tiene la potestad constitucional para calificar una conducta como pasible de sanción por ser contraria al Código de Faltas.

EL ARTICULO 3 Comunicar al Poder Ejecutivo

El ARTICULO 4 De forma

DATOS

La concejal Belén Barboza y Laura Palma salieron al comercio a desarrollar una encuesta sobre la conducta del comerciante frente al acceso o no acceso de mayores de 60 años » 88% del comercio encuestado manifestó no permitir el acceso a mayores de 60 años» De 17 comercios encuestados 15 manifestaron que al adulto no se lo debe dejar ingresar y que el comercio es pasible de multas.