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Se archivó proyecto «era violatorio a la Carta Orgánica»

4 de junio , 2020 - 23:16:pm

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Fachada del Concejo Deliberante de Pocito

Finalmente el expediente , surgido en la oposición como proyecto de ordenanza que contemplaba la reducción salarial del 30% de la planta política y la eliminación de cargos en ámbito del Honorable Concejo Deliberante pasó a archivo.

Las concejales de la oposición decidieron pasarlo finalmente al archivo debido a objecionesen la forma y sustancia. En el primer caso. «errores de presentación fueron señalados por el oficialismo, aunque en el tamiz de proyectos la Carta Orgánica Municipal es el vector que indica si la letra del proyecto se convierte en violatoria para algunos de sus articulados. En esta ocasión el concejal Mario Gaitán argumentó «que efectivamente el expediente «era violatorio a los artículos 42, 46 de la Carta madre , sumándose la violación al 50 del Reglamento Interno del cuerpo.»

Concejales Silvina Cosentino y Mario Gaitán ( Oficialismo)

El Artículo 42 de la Carta Orgánica Municipal (1996) señala que «Las ordenanzas tienen principio en el Concejo Deliberante por proyectos presentados por sus miembros, por el Departamento Ejecutivo o por los ciudadanos en el ejercicio del derecho de iniciativa popular». Sin embargo más abajo la norma prevé facultades inherentes al Ejecutivo, entre ellas las ordenanzas sobre presupuesto, a saber: «La iniciativa de ordenanza de creación de entidades autárquicas, de presupuesto, de concertación de empréstitos y de Secretarías del Departamento Ejecutivo corresponde exclusivamente a este último»

Por su parte el artículo 46 de la Carta Orgánica Municipal señala que el proyecto de ordenanza de presupuesto, de cálculo de gastos y recursos, como así también los proyectos de ordenanzas complementarias y modificaciones de aquellas, serán presentadas exclusivamente por el Departamento Ejecutivo. El proyecto de ordenanza de presupuesto y cálculo de gastos y recursos será remitido al Concejo Deliberante con la antelación establecida en esta Carta Municipal.

Sancionándose el texto original, el Departamento Ejecutivo la promulgará.. Si el Concejo Deliberante realizara modificaciones al proyecto original, el Departamento Ejecutivo podrá promulgar o vetar parcialmente la ordenanza . En este último caso si el Concejo Deliberante insistiera con el voto afirmativo de los dos tercios de la totalidad del cuerpo, el Departamento Ejecutivo deberá promulgarla.

De no conseguirse dicha mayoría se aprobará el proyecto originario presentado por el Departamento Ejecutivo. Ejercido el veto parcial del Departamento Ejecutivo , la parte no vetada quedará promulgada.

Concejal Belén Barboza (oposición)

En síntesis la Carta Orgánica Municipal prevé que la cuestión presupuestaria es competencia o facultad exclusiva del Ejecutivo, siendo este quién debe elevar el proyecto de presupuesto.

Por su parte la concejal Belén Barboza señaló que «se volverá a presentar con la modificaciones correspondientes, señalando la idea de donación y no de modificación presupuestaria»